Generalidades respecto a la Creación de un OTEC

Las modificaciones a la Ley SENCE, promulgada el 4 de septiembre de 2004, “Sobre racionalización del uso de la franquicia tributaria de capacitación”, establecen en lo referido a los OTEC, los siguientes requisitos adicionales al momento de su constitución:

1. Contar con personalidad jurídica, la que deberá tener como único objeto social la “prestación de servicios de capacitación”.

2. Acreditar que disponen de la certificación bajo la Norma NCh 2728, establecida como Norma Oficial de la República por la Resolución Exenta Nº 155, del Ministerio de Economía.

Para crear un OTEC se deben ejecutar las siguientes etapas:

1. Creación Legal

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